13 julio 2009

Teddy Bautista y el código penal

Leo con rubor como este paniaguado de la SGAE, declara sin pudor en la Universidad de Verano de El Escorial, que la imagen de la SGAE está distorsionada por las mentiras y estupideces que sobre ella se escriben. Oiga, Sr. Bautista pues yo voy a ver si contribuyo a distorsionarla un poco más.

Recibí hace tiempo un correo electrónico que me dejó perplejo y que voy a transcribir con el fin de que el Sr. Bautista o su segundo de a bordo, el rey del pollo frito, me comenten si están de acuerdo con los siguientes casos;

Caso 1

a) PEPE se descarga una canción de Internet..
b) PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
Resultado: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).sgae

Caso 2

a) CARMEN se descarga una canción de Internet.
b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
Resultado: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).

Case 3

a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
Resultado: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.

Caso 4

a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

Resultado: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

Caso 5

a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.

Resultado: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.

Caso 6

a) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.
Resultado: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

Caso 7

a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.
b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
Resultado: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal

Caso 8

a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.
b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.
Resultado: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Espero la respuesta, señores de la SGAE, porque no han sido ustedes los que han introducido estas normas en el código penal, pero sí que han presionado para ello. Por cierto, pueden contestar también los políticos que han aprobado este código penal, tan justo y tan a su medida.

Salud y República

12 comentarios:

Ciberculturalia dijo...

Querido Rafa, genial tus casos prácticos.
Qué decir del afamado Tedy Bautista salvo que nunca ha tenido tanto predicamento como ahora con un gobierno socialista... al menos con esta etapa de los socialistas...
Cosas veredes don Rafa

Txema dijo...

Está usted muy inspirado don kabileño. No sabe cuánto lo celebro.
Esperemos que ese chupóptero infecto deje de decir memeces y sus acólitos reflexionen un poquito.

Y Cármen tienes razón. El Psoe siempre ha tenido la virud de encontrar una serie de paniaguados para sus campañas y campiñas.

Un abrazo a los dos.

Javier Romero dijo...

No es tu caso, ya que recibiste ese correo, al igual que lo recibí yo y mucha gente, así que no tienes por qué saberlo, pero te diré que esos casos están copiados del libro "Copia este libro", del abogado especialista David Bravo. El libro, por supuesto muy recomendado, se puede leer entero aquí. Me da mucha pena que siendo una obra de cultura libre, que el autor da parmiso para copiarlo, la gente que envía el correo no sea capaz de copiar literalmente el texto y darle el reconocimiento al autor, que realmente es lo único que pide. Repito que no lo digo por ti; es simplemente que estaría genial que la gente conociera al autor y a la posibilidad que se da de generar obras de arte "libres" :D.
Un saludo ;).

Im-Pulso dijo...

Un comentario ajeno a los contenidos: Los que padecemos daltonismo --aunque sea en grado menor-- tenemos dificultades para leer Kabila debido a la escasa diferencia de tonalidaes entre el texto y el fondo.
Saludos.

Antonio Rodriguez dijo...

Y ahora se ateve, además, a insultar a los trabajadores de la SGAE llamándoles cretinos por denunciar la política de despidos que está imponiendo en la mimsma.
Salud, República y Socialismo

Anónimo dijo...

Alguien me puede decir donde van los más de 300 millones de € que estos fascistas recaudan?
Al psoe????
Dan asco, mequedo con el Matamoros,que por lo menos da espectáculo. El rey del pollo frito ni eso, solo asco.
El Canuit

RGAlmazán dijo...

Carmen, el tal Bautista es un jeta que efectivamente ha sido apoyado por partidos de izquierda, el PSOE y también IU. Craso error.

Sí, Txema, es un chupóptero, sin duda.

Hola Javier, bienvenido. Efectivamente recibí el correo y lo guardé. Ayer al ver las declaraciones de este individuo me acordé y lo he sacado. No sabía que venía del libro de David Bravo Bueno. Lo voy a leer y le dedicaré una entrada. Gracias.

Felix, bienvenido. Pues es la primera noticia. Miraré a ver si puedo hacer que haya más contraste.

Sí, Antonio, así es y además parece que está preparando un ERE.

Canuit, "quedarse con el Matamoros, porque da espectáculo". No hombre no se quede con ninguno, que menudo es éste también.

SAlud y República

SaiZa dijo...

Genial los casos practicos, pero ahora tenga usted cuidado señor Rafa por la copia de estos casos del libro David Bravo Bueno, que la Sgae esta al acecho y le pueden meter a la trena, y entonces que haremos los acictos a Kabila, ¿nos escribiria desde la cárcel,no?...jaja; menos mal que el autor da libre permiso de copiarlo, que sino... . Un beso

Maripuchi dijo...

En España descargarse una canción de internet NO ES DELITO.

Tiberio dijo...

Me gustaría señalar que, como dice el propio David Bravo en su libro, estas interpretaciones del código penal serían únicamente si la postura que defiende la SGAE fuera correcta.

Naturalmente, los jueces no aceptan una interpretación tan absurda del código penal.

Adrian Vogel dijo...

Sr. Almazán su falta de rigor en los pequeños detalles me pasma y además resta credibilidad a sus exposiciones (las cuales serian brillantes si no fuera por estos pequeños errores). Hace poco le corregí lo del equipo del régimen. Como no era en su blog no le mencioné que ese era el Atlético de Aviación, que cambió su denominación a Atlético de Madrid con el jefe de la casa militar del dictador como primer vicepresidente. Ahora atribuye a otro –Ramoncín- el titulo de Rey del Pollo Frito. Pues tampoco. El autentico soy yo, lo que pasa que la canción que me dedican es tan mala y al estar cantada en primera persona se convirtió en un boomerang para su autor. Puede leer la historia en el siguiente enlace:

http://elmundano.wordpress.com/?s=el+rey+del+pollo+frito&searchsubmit=Encontrar+%C2%BB

Llevo años sufriendo en silencio este autentico golpe de estado…

Repite un email, copiado de un libro de David Bravo, y sacado de contexto. Como bien corrige Tiberio. Y previamente Maripuchi había matizado un aspecto legal fundamental. Y en contra de lo que opina Javier Romero yo creo que si debe saberse el origen de los textos que se reproducen. Al menos los blogs serios, como pretende ser Kabila. ¿O no? Y en lo que si estoy totalmente de acuerdo con Don Javier Romero es en lo del crédito al autor. En este caso David Bravo. Pero me temo que esa falta de reconocimiento es signo de los tiempos y del estado de las cosas…

Por cierto sabía usted que Eduardo Bautista había sido militante del…y que SGAE se ha gastado una fortuna en equipamientos e instalaciones en Cuba, ese régimen tan alabado por Cayo Lara.

Anónimo dijo...

http://elmundano.wordpress.com/2009/02/28/el-rey-del-pollo-frito-efe-eme/